🤖 Análisis TDR con IA

Generado el 13/04/2026 15:26 · Gemini

Archivo analizado

Requerimientoclausulas.pdf

📌 Contexto del Contrato

Entidad

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP

Código

CM-168-2026-SBS

Objeto

Servicio

Estado

Vigente

Etapa

No disponible

Publicación

13/04/2026 11:42:41

Fin Cotización

17/04/2026 12:00:00

📊 Resumen Ejecutivo

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) busca contratar el servicio de soporte técnico y actualización del software InstallShield. Este software es crítico para el Departamento de Desarrollo de Sistemas (DDS) de la Gerencia de Tecnología de Información (GTI), ya que se utiliza para la creación y configuración de instaladores de software para diversas aplicaciones y sistemas, incluyendo el Submódulo de Captura y Validación Externa (SUCAVE), un software distribuido a 174 entidades supervisadas, y el "SBS - Sistema de Firmado Digital – Plugin". El servicio busca optimizar la infraestructura tecnológica institucional y el valor de los datos, facilitando despliegues virtuales, soporte en Microsoft Visual Studio, personalización de interfaces y configuración automática de conectores y bases de datos.

🛠️ Requisitos Técnicos

  • El postor debe ser el fabricante del software InstallShield o un representante autorizado.
  • En caso de ser representante autorizado, deberá presentar una carta o declaración jurada que lo acredite como tal al momento de la presentación de su cotización.

⚙️ Reglas Operativas

  • El plazo de la contratación del servicio de licencias de InstallShield será de tres (03) años, contados a partir de la activación de la licencia.
  • La activación de la licencia deberá realizarse en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde el día siguiente de suscrito el contrato.
  • La conformidad de las prestaciones estará a cargo de la Gerencia de Tecnologías de Información y requerirá un documento que compruebe o acredite la descarga de la licencia desde el portal web del proveedor para la Superintendencia.
  • El método de pago será único al inicio del servicio, previa activación de las licencias y conformidad de la Gerencia de Tecnologías de la Información.
  • Para el pago, el contratista debe remitir el comprobante de pago, la conformidad y los entregables a través de la mesa de partes virtual de la SBS (https://www.sbs.gob.pe/mesa-de-partes-virtual) con copia electrónica a factura_logistica@sbs.gob.pe.
  • El proveedor es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos del servicio ofertado por un plazo de tres (03) años, contado a partir de la conformidad otorgada.

⚖️ Políticas y Penalidades

  • Cualquiera de las partes puede resolver el contrato conforme a la Ley N° 32069 y su Reglamento, o por mutuo acuerdo.
  • El contratista declara y garantiza no haber ofrecido ni efectuado pagos o beneficios ilegales a evaluadores o servidores de la SBS, y se obliga a mantener una conducta proba e íntegra. El incumplimiento de esta cláusula es causal de resolución contractual y no impide acciones civiles, penales y administrativas.
  • Todos los conflictos derivados de la ejecución e interpretación del contrato se resolverán mediante conciliación.
  • Toda la información obtenida o producida por el contratista se califica como confidencial. El contratista se obliga a cumplir con el deber de reserva por un plazo mínimo de cinco (5) años después de concluido el contrato y responderá legalmente por daños y perjuicios causados por su incumplimiento.
  • El contratista se compromete a respetar y aplicar las políticas, principios, procedimientos y controles de seguridad de la información establecidos por la SBS.
  • El contratista deberá reportar a la SBS, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su ocurrencia, cualquier incidente de seguridad de la información, hallazgo o situación sospechosa.
  • El incumplimiento de la cláusula de Seguridad de la Información podrá ser causal de resolución del contrato y dar lugar a indemnización por daños y perjuicios.
  • El contratista se somete a la Ley de Protección de Datos Personales, tratando los datos de forma confidencial y con estrictas medidas de seguridad. Asume la condición de encargado del tratamiento y se compromete a no usar o transferir datos para fines distintos. El incumplimiento de esta cláusula es causal de resolución contractual.
  • El contratista acepta la obligación de guardar reserva sobre cualquier información de la SBS, no revelarla a medios de prensa o terceros, y no usar el nombre o logo de la SBS sin autorización. El incumplimiento de esta obligación puede ser causal de resolución del contrato y permanecerá vigente de forma indefinida.
  • El contratista acepta y autoriza a la SBS a efectuar inspecciones o verificaciones en sitio para evaluar el cumplimiento de las condiciones de la prestación y las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
  • Al vencimiento del contrato, el contratista debe devolver y eliminar toda la información proporcionada en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, y proveer evidencia de dicha eliminación.
  • El contratista debe cumplir con la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Reglamento Interno de la SBS. La SBS se reserva el derecho de paralizar labores o comunicar incumplimientos a la Autoridad de Trabajo.
  • El contratista (persona natural) confirma no estar incurso en la prohibición de doble percepción de ingresos establecida en el Artículo 38 de la Ley N° 30057.

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