🤖 Análisis TDR con IA

Generado el 08/08/2026 11:29 · Gemini

Archivo analizado

TDR - SERVICIO DE ALIMENTACIÓN AQP.pdf

📌 Contexto del Contrato

Entidad

INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU

Código

CM-856526-2026-0048-2026-IGP/GG-OA-URH

Objeto

Servicio

Estado

En Evaluación

Etapa

No disponible

Publicación

18/06/2026 09:13:01

Fin Cotización

24/06/2026 13:00:00

📊 Resumen Ejecutivo

La entidad busca contratar el servicio de alimentación para el Taller de Integración y Confraternidad por Aniversario del IGP 2026 en Arequipa. El objetivo es generar espacios de integración y fortalecer el clima laboral entre los servidores. El servicio consiste en la provisión de 33 almuerzos tipo "gordon blue" (enrollado de pollo con jamón y queso, papas a las finas hierbas, ensalada salteada, cremas y chicha morada helada de 500ml), los cuales deben ser entregados calientes en tapers descartables con cubiertos y servilletas.

🛠️ Requisitos Técnicos

  • El proveedor deberá cumplir con la documentación necesaria vigente de comercialización.

⚙️ Reglas Operativas

  • El servicio se prestará el Viernes 03 de julio de 2026 a las 12:00 del mediodía.
  • El lugar de atención será en las instalaciones de la sede Observatorio Vulcanológico del Sur (OVS Arequipa), Asentamiento José María Arguedas Mz D lote 8 Sachaca, Arequipa. La dirección puede variar dentro del distrito de Sachaca, y se comunicará 5 días antes de la atención.
  • Debe incluir la movilidad para la entrega en la sede indicada.
  • El pago se realizará en una sola armada por el monto total, dentro de los 15 días calendario posteriores a la emisión de la conformidad.
  • Para el pago, el contratista deberá presentar Factura, Copia del Contrato o Copia de la Orden de servicio, y Código de Cuenta Interbancaria.
  • La conformidad del servicio estará a cargo de la jefa de la Unidad Funcional de Recursos Humanos.

⚖️ Políticas y Penalidades

  • Se aplicará penalidad por mora en caso de retraso injustificado, calculada diariamente con la fórmula: Penalidad diaria = 0.10 * monto * F / plazo, donde F = 0.40 para bienes y servicios.
  • El contrato podrá ser resuelto conforme al numeral 68.1 del artículo 68 de la Ley N° 32069 y el artículo 122 de su Reglamento.
  • El contratista es responsable por vicios ocultos hasta por un (01) año contado a partir de la conformidad.
  • El incumplimiento de la obligación de confidencialidad de la información del IGP dará lugar a la resolución inmediata del contrato.
  • El contratista debe cumplir rigurosa y obligatoriamente los protocolos sanitarios y demás disposiciones del Ministerio de Salud y el IGP; su cumplimiento es indispensable para la conformidad y el pago.
  • El contratista se obliga a mantener una conducta proba e íntegra, absteniéndose de ofrecer beneficios o incentivos ilegales a funcionarios públicos. El incumplimiento de esta cláusula puede llevar a la resolución del contrato y exclusión de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.

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