🤖 Análisis TDR con IA
Generado el 14/03/2026 09:28 · Gemini
Archivo analizado
EETT-_SOFTWARE_UNIDO.pdf
📌 Contexto del Contrato
Entidad
ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI
Código
CM-39-2026-COFOPRI
Objeto
Bien
Estado
Vigente
Etapa
No disponible
Publicación
13/03/2026 18:17:57
Fin Cotización
16/03/2026 09:00:00
📊 Resumen Ejecutivo
COFOPRI, a través de su Unidad de Imagen Institucional, busca adquirir licencias de software para potenciar sus capacidades de diseño gráfico y edición audiovisual. La contratación incluye tres (03) licencias de software de diseño gráfico y edición audiovisual, una (01) licencia de software de banco de imágenes y plantillas, una (01) licencia de software de banco de videos y plantillas, y una (01) licencia de programa de inteligencia artificial. El objetivo es equipar al equipo de prensa con herramientas actualizadas para la edición, diseño y procesamiento de contenido multimedia, facilitando la difusión efectiva de las actividades de formalización, planes de contingencia y diagnóstico de informalidad. Los entregables principales son las licencias de software y la documentación necesaria para su correcta instalación y uso.
🛠️ Requisitos Técnicos
- • El proveedor debe ser una persona natural o jurídica dedicada al rubro objeto de la contratación.
- • Acreditar experiencia en la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, por un monto facturado acumulado no menor de S/ 20,000.00 (Veinte mil y 00/100 soles) en los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas.
- • Contar con RNP vigente, si corresponde.
- • Contar con RUC activo y habido, con actividad económica relacionada al objeto de la contratación.
- • Contar con cuenta interbancaria (CCI) afiliada al RUC.
- • No contar con impedimento para contratar con el Estado.
- • Las licencias de software deben incluir un servicio de soporte telefónico gratuito brindado por el fabricante y/o representante autorizado, a través de una línea directa y en idioma español.
- • El servicio de garantía debe incluir actualizaciones a nuevas versiones del software y otros servicios adicionales por un periodo de doce (12) meses después de su activación.
- • Las licencias de Software de Diseño Gráfico y Edición Audiovisual deben permitir crear/editar archivos PDF, diseñar/retocar imágenes digitales, crear ilustraciones 3D, aplicar edición de imágenes a videos, combinar clips, crear imágenes vectoriales, editar fotografías con capas de ajuste, editar cualquier tipo de archivo multimedia, crear/editar archivos HTML/ASPX/PHP/JSP, diseñar/administrar páginas web, exportar símbolos/secuencias de animación a hojas de sprites CSS, crear/editar archivos SWF, crear afiches/carteles/logotipos/trípticos/tarjetas de presentación/volantes/mapas/calcomanías/sellos/papelería/revistas, realizar rellenos/degradados/texturas/efectos de sombras/uso de máscara de opacidad, crear documentos para publicaciones (papel/digital), realizar transparencias/efectos creativos/degradado/sombras paralelas/composición multilínea, ser compatible con Sistema Operativo Windows, gestionar archivos de modo seguro con opción de recuperación, tener interfaz en idioma español, incluir herramientas de auto-ayuda/tutoriales y capacidad de adaptación a nuevas versiones. Modalidad de licenciamiento por suscripción. Soporte y actualizaciones por 1 año, con asistencia técnica telefónica/correo electrónico (L-V, respuesta máx. 48h).
- • Las licencias de Software de Banco de Imágenes y Plantillas (Freepik) deben permitir acceso ilimitado a recursos premium (vectores, fotos, PSD, iconos, plantillas) sin atribución, actualizaciones continuas, mejora de la calidad visual y ahorro de tiempo. Modalidad de licenciamiento por suscripción. Soporte y actualizaciones por 1 año, con asistencia técnica telefónica/correo electrónico (L-V, respuesta máx. 48h).
- • Las licencias de Software de Banco de Videos y Plantillas (Envato) deben permitir acceso a una vasta biblioteca (más de 50 millones de recursos creativos: videos, fotos, música, plantillas, fuentes tipográficas) con descarga ilimitada, uso de recursos descargados en proyectos internos y comerciales sin restricciones, y la creación de materiales consistentes entre equipos. Modalidad de licenciamiento por suscripción. Soporte y actualizaciones por 1 año, con asistencia técnica telefónica/correo electrónico (L-V, respuesta máx. 48h).
- • Las licencias de Programa de Inteligencia Artificial deben permitir acceso a una vasta biblioteca (más de 50 millones de recursos creativos: videos, fotos, música, plantillas, fuentes tipográficas) con descarga ilimitada, uso de recursos descargados en proyectos internos y comerciales sin restricciones, y la creación de materiales consistentes entre equipos. Modalidad de licenciamiento por suscripción. Soporte y actualizaciones por 1 año, con asistencia técnica telefónica/correo electrónico (L-V, respuesta máx. 48h).
- • Las licencias de Software de Diseño Gráfico y Edición Audiovisual deben registrarse con el correo electrónico licencias_soporte.os@cofopri.gob.pe a nombre de COFOPRI.
- • Las licencias de Software de Banco de Imágenes, Banco de Videos y Programa de Inteligencia Artificial deben registrarse con el correo electrónico cofopri_press@yahoo.com.pe a nombre de COFOPRI.
- • El proveedor deberá entregar documento(s) que describa la adquisición/suscripción del software, autorización de uso a nombre de COFOPRI y los datos necesarios para la correcta instalación y/o configuración del software.
⚙️ Reglas Operativas
- • Las licencias deberán ser enviadas a través de correo electrónico a licencias_soporte.os@cofopri.gob.pe. En caso de no poder remitirse por correo, se enviarán a Av. Paseo de la República N° 3135 – San Isidro – Lima, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 13:00 y de 14:00 a 17:30, previa coordinación.
- • El plazo de entrega de las licencias será de máximo cinco (05) días calendario a partir del día siguiente de la aceptación de la orden de compra.
- • La conformidad del bien será otorgada por el Director de la Oficina de Sistemas de COFOPRI, previo informe técnico de la Unidad de Imagen Institucional.
- • El pago se realizará en soles, en un solo pago, previa conformidad de la Oficina de Sistemas.
- • Para el pago, el contratista deberá presentar: Guía de Recepción firmada y sellada por el responsable de almacén de COFOPRI, Comprobante de Pago autorizado por la SUNAT, y Carta de Garantía de los bienes entregados.
- • El pago se realizará con abono en la cuenta “Código de Cuenta Interbancaria” (CCI) del contratista.
- • El pago se efectuará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de otorgada la conformidad de los bienes, siendo prorrogable por cinco (05) días hábiles previa justificación de la demora.
- • La responsabilidad del contratista por vicios ocultos es de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada por la entidad.
⚖️ Políticas y Penalidades
- • Se aplicará penalidad por mora según lo establecido en el artículo 120° del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
- • No aplican otras penalidades adicionales a la de mora.
- • La suma de las penalidades por mora y otras penalidades no debe exceder el 10% del monto vigente del contrato o del ítem correspondiente.
- • Son causales de resolución de contrato: incumplimiento de obligaciones contractuales atribuibles al proveedor, caso fortuito o fuerza mayor, hecho sobreviniente no imputable que imposibilite la continuación, incumplimiento de la cláusula anticorrupción y antisoborno, presentación de documentación falsa o inexacta durante la ejecución contractual y/o en la cotización, o cuando la suma de las penalidades exceda el 10% del monto del contrato.
- • La presentación de información inexacta o falsa en la Declaración Jurada de Prohibiciones e Incompatibilidades (Ley N° 31564) es causal de resolución de contrato y puede implicar inhabilitación por cinco años para contratar con el Estado.
- • La presentación de la Declaración Jurada de Intereses (Ley N° 31227) es requisito indispensable al inicio y cese de la contratación, bajo sanción establecida en la Ley y su Reglamento.
- • El contratista se obliga a mantener una conducta proba e íntegra, abstenerse de ofrecer/negociar/prometer/dar regalos o incentivos ilegales a funcionarios públicos, y denunciar actos de corrupción. El incumplimiento de esta cláusula anticorrupción y antisoborno es causal de resolución total o parcial del contrato.
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