🔍 Análisis de Direccionamiento

Generado el 13/04/2026 22:01 · Gemini

Archivo analizado

Requerimientoclausulas.pdf

📌 Contexto del Contrato

Entidad

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP

Código

CM-168-2026-SBS

Objeto

Servicio

Estado

Vigente

Etapa

No disponible

Publicación

13/04/2026 11:42:41

Fin Cotización

17/04/2026 12:00:00

Score de Riesgo

85/100

ALTAMENTE DIRECCIONADO

🚩 Hallazgos Críticos

Alto [Técnica]

🚨 Candado técnico que limita la competencia a una marca específica y sus distribuidores autorizados.

El TDR exige la contratación del 'Servicio de Soporte Técnico y Actualización del software InstallShield' y que el postor sea el fabricante o un representante autorizado de dicho software, sin incluir la frase 'o equivalente' ni presentar un sustento técnico formal de estandarización que demuestre la inexistencia de alternativas en el mercado que cumplan con la finalidad pública y las características requeridas.

📝 Argumento para Observación

Se observa que los Términos de Referencia establecen la denominación específica del software 'InstallShield' y exigen que el postor sea el fabricante o un representante autorizado del mismo, sin incluir la frase 'o equivalente' ni adjuntar un informe técnico que sustente de manera fehaciente la estandarización y la imposibilidad de contar con soluciones alternativas o equivalentes en el mercado que satisfagan la necesidad de la entidad. Esta exigencia contraviene el Principio de Libre Concurrencia y Competencia, así como el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y el numeral 51.2 del artículo 51 de su Reglamento, que prohíben la referencia a marcas o tipos específicos sin la debida justificación y la inclusión de la frase 'o equivalente'. La justificación de la entidad sobre el uso actual y la criticidad del software para sistemas existentes (SUCAVE, SBS - Sistema de Firmado Digital – Plugin) no es suficiente para excluir per se la existencia de otras herramientas de creación de instaladores que podrían ser compatibles, integrables o incluso superiores, y que permitirían una mayor pluralidad de postores. Se solicita a la entidad que, en aras de la transparencia y la competencia, se elimine la referencia a la marca específica o, en su defecto, se incluya la frase 'o equivalente' y se presente un informe técnico detallado que demuestre la estandarización y la imposibilidad técnica de utilizar otras soluciones que cumplan con las funcionalidades descritas.

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