🤖 Análisis TDR con IA
Generado el 17/03/2026 12:01 · Gemini
Archivo analizado
22_TDR_de_Serv_Sop_Tec_y_m.pdf
📌 Contexto del Contrato
Entidad
ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PUBLICAS EFICIENTES
Código
CM-135-2026-OECE
Objeto
Servicio
Estado
Vigente
Etapa
No disponible
Publicación
17/03/2026 10:48:51
Fin Cotización
19/03/2026 17:30:00
📊 Resumen Ejecutivo
La entidad OECE busca contratar el servicio de renovación de licencias, soporte técnico y mantenimiento del software de Inteligencia de Negocios Tableau. El objetivo es asegurar la operatividad y continuidad de esta herramienta, que es fundamental para el análisis estadístico de las contrataciones públicas realizadas por proveedores, consorcios y entidades. El servicio incluye la actualización a la última versión del software, soporte técnico remoto y una reunión técnica para informar sobre las novedades. El entregable principal es un informe que acredite la renovación de las licencias y la realización de la reunión técnica.
🛠️ Requisitos Técnicos
- • El proveedor debe ser distribuidor, canal, proveedor, socio o Partner autorizado del fabricante de los productos de software de inteligencia de negocios Tableau, sustentado con un Certificado o Constancia vigente a la fecha de presentación.
- • Acreditar un monto mínimo facturado acumulado de S/ 30,000.00 por servicios de Venta, Renovación, Instalación, Configuración o Migración del Software de Inteligencia de Negocios Tableau, durante los cinco (05) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas. La acreditación puede ser mediante contratos u órdenes de servicios con conformidad, o comprobantes de pago con cancelación fehaciente (para contratos con privados, solo comprobantes de pago con cancelación).
⚙️ Reglas Operativas
- • El plazo de ejecución del servicio será de un (01) año, contado desde la renovación de la licencia.
- • El plazo para la entrega de las licencias (3 Tableau Creator - Desktop & Prep, 5 Tableau Online Explorer) y la documentación que acredite su renovación es de hasta cinco (05) días calendario desde la notificación de la Orden de Servicio. Las licencias digitales y su activación serán remitidas vía correo electrónico a ghuarcaya@oece.gob.pe.
- • El plazo máximo para la realización de la reunión técnica (de dos horas para informar novedades del software) es de hasta cinco (05) días calendario desde la entrega de las licencias.
- • El servicio de soporte técnico debe estar disponible de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas (hora de Perú).
- • El pago será único, previa conformidad del área usuaria, y se realizará como máximo dentro de los siete (07) días calendario siguientes a la recepción de la conformidad y la factura correspondiente.
- • La conformidad del servicio será otorgada por la Dirección de Gestión de Datos Información y Conocimiento de Contratación Pública del OECE, previa opinión favorable de la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico, dentro de los siete (07) días calendario posteriores a la recepción de la licencia y la reunión técnica.
- • El lugar de ejecución del servicio es en las instalaciones del OECE, sito en Residencial San Felipe – Jesús María (edificio El Regidor, Av. Punta del Este cruce con Av. Cádiz).
⚖️ Políticas y Penalidades
- • Se aplicará penalidad por mora en la ejecución de la prestación según el artículo 120 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
- • Se aplicará una penalidad de 0.5% de la UIT vigente por cada día de retraso en el cumplimiento de la reunión técnica. La validación se realizará mediante captura de pantalla de asistentes (videoconferencia) o firma de acta (presencial).
- • El OECE puede resolver el contrato por acumulación del monto máximo de penalidades (por mora y/o otras penalidades).
- • El OECE puede resolver el contrato por incumplimiento de obligaciones contractuales atribuibles al contratista, caso fortuito o fuerza mayor, hechos sobrevinientes que imposibiliten la continuación, o por incumplimiento de la cláusula anticorrupción y antisoborno.
- • El OECE puede resolver el contrato por la presentación de documentación falsa o inexacta durante la ejecución contractual, o por información inexacta o falsa en la Declaración Jurada de Prohibiciones e Incompatibilidades (Ley N° 31564).
- • El incumplimiento de los impedimentos señalados en el artículo 5 de la Ley N° 31564 (Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses) conlleva la inhabilitación por cinco años para contratar o prestar servicios al Estado.
- • El contratista se obliga a mantener una conducta proba e íntegra, a denunciar actos de corrupción y a no ofrecer beneficios ilegales a funcionarios. El incumplimiento de esta cláusula puede llevar a la resolución del contrato y exclusión de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.
- • La información y material producido bajo el servicio son propiedad del OECE. El proveedor debe mantener confidencialidad y reserva absoluta de la información a la que tenga acceso, cumpliendo con las políticas ISO 9001, ISO/IEC 27001 y ISO 37001 del OECE.
- • La responsabilidad del contratista por vicios ocultos es de un (01) año, contado a partir de la conformidad otorgada por el OECE.
- • Los conflictos derivados del contrato se resolverán mediante conciliación.
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