🔍 Análisis de Direccionamiento
Generado el 26/05/2026 20:23 · Gemini
Archivo analizado
20260515220100982_1.pdf
📌 Contexto del Contrato
Entidad
EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MARAÑON S.A.
Código
CM-179-2026-eps marañon sa
Objeto
Servicio
Estado
Vigente
Etapa
No disponible
Publicación
26/05/2026 14:37:13
Fin Cotización
28/05/2026 17:00:00
Score de Riesgo
80/100
🚩 Hallazgos Críticos
🚨 Vaguedad en requisitos de calificación que permite discrecionalidad y limita la competencia.
Los requisitos de experiencia para el proveedor son excesivamente genéricos, careciendo de métricas cuantitativas (años de experiencia, número de contratos similares o montos mínimos) que permitan una evaluación objetiva y aseguren la proporcionalidad con el objeto de la contratación.
🚨 Información esencial faltante para la transparencia y el control de la contratación.
El documento de Nota de Pedido y los Términos de Referencia no especifican el valor referencial o monto estimado de la contratación, lo cual impide evaluar la proporcionalidad de los requisitos y la posible existencia de fraccionamiento.
🚨 Plazo de contratación inusualmente corto para un servicio de naturaleza continua.
El plazo de ejecución del servicio es de 90 días calendario (3 meses) para un servicio de soporte informático general. Si la necesidad es continua y recurrente, esto podría ser un indicio de fraccionamiento para evitar procesos de selección de mayor envergadura.
📝 Argumento para Observación
Se solicita al Comité de Selección revisar y precisar los Términos de Referencia, en virtud de los principios de Transparencia y Competencia establecidos en el artículo 2 de la Ley N° 32069, así como lo dispuesto en el artículo 29 de la misma ley y el artículo 47 de su Reglamento, respecto a los requisitos de calificación. Se observa que los requisitos de experiencia para el proveedor son excesivamente genéricos, careciendo de métricas cuantitativas (como años de experiencia, número de contratos similares o montos mínimos de contratos previos) que permitan una evaluación objetiva y aseguren la proporcionalidad con el objeto de la contratación, lo cual podría limitar la libre concurrencia y generar discrecionalidad en la etapa de calificación. Adicionalmente, se requiere la inclusión explícita del valor referencial o monto estimado de la contratación en los documentos del proceso, ya que su ausencia en la Nota de Pedido y en los TDR impide una evaluación completa de la proporcionalidad de los requisitos y la posible existencia de fraccionamiento, contraviniendo el principio de Transparencia y las normas de integridad en la contratación pública.
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