🤖 Análisis TDR con IA

Generado el 08/08/2026 11:17 · Gemini

Archivo analizado

p compra 151 compra botas unisex.pdf

📌 Contexto del Contrato

Entidad

GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH-SALUD ANCASH

Código

CM-416-2026-DIRESA -ANCASH

Objeto

Bien

Estado

Culminado

Etapa

No disponible

Publicación

22/04/2026 09:40:03

Fin Cotización

23/04/2026 09:38:00

📊 Resumen Ejecutivo

La presente licitación tiene como objetivo principal la adquisición de 115 pares de ZAPATILLAS DE CAMPO UNISEX. Estos bienes están destinados al personal del Programa de Vigilancia de Calidad del Agua para Consumo Humano, del Área de Saneamiento Básico de la Dirección Regional de Salud Ancash, para ser utilizados en trabajos de campo como monitoreos e inspecciones, contribuyendo al cumplimiento de las metas institucionales. El alcance incluye el suministro y la entrega de las botas, con requisitos específicos de embalaje para garantizar su integridad durante el transporte y almacenamiento. Se espera que el proveedor ofrezca una garantía comercial contra defectos y cumpla con los plazos de entrega establecidos, priorizando la eficiencia y transparencia en la contratación.

🛠️ Requisitos Técnicos

  • Suministro de 115 pares de ZAPATILLA DE CAMPO UNISEX (39, 39, 37 pares).
  • Embalaje adecuado (primario, secundario, terciario) para manipulación, transporte y almacenamiento, considerando la naturaleza del bien y condiciones climáticas.
  • Posible requerimiento de certificado de conformidad o inspección para verificar la calidad del producto.
  • La entidad puede solicitar la presentación de una muestra dirimente para pruebas o ensayos.
  • Experiencia acreditada en la venta de bienes iguales o similares, con un monto facturado acumulado y antigüedad a especificar (placeholder en TDR).
  • Proveedor debe ser persona natural o jurídica, inscrito en el RNP (para montos > 1 UIT).
  • RUC activo y vigente con rubro de actividad económica relacionado al objeto de la contratación.
  • Declaración jurada de no estar inhabilitado ni tener impedimentos para contratar con el Estado.
  • Declaración jurada de no incurrir en nepotismo.
  • Documentación foliada y firmada (manuscrita o digital).

⚙️ Reglas Operativas

  • Lugar de entrega: Almacén central - DIRES ANCAH.
  • Plazo de entrega: Máximo 10 días calendario, contados desde el día siguiente de notificada la Orden de Compra.
  • Modalidad de pago: Pago único mediante abono a cuenta CCI.
  • Plazo de pago: Máximo 10 días hábiles tras la conformidad, prorrogable por 5 días hábiles con justificación.
  • Documentación para pago: Carta de solicitud de conformidad y pago, guía de remisión, comprobante de pago (crédito no menor a 15 días naturales), carta de autorización CCI, copia de orden de servicios/contrato, informe de conformidad.
  • Garantía comercial: Contra defectos de diseño, fabricación, averías o pérdida total, con período y condiciones a especificar (placeholder en TDR).
  • Garantía de fiel cumplimiento: No requerida para contratos menores o iguales a 50 UIT.
  • Transporte: Incluido en la prestación, considerando modo de envío, distribución y condiciones climáticas.

⚖️ Políticas y Penalidades

  • Penalidad por mora: Aplicación automática, calculada con la fórmula "0.10 * monto / (F * plazo)", donde F=0.40.
  • Otras penalidades: Pueden establecerse si son objetivas, razonables y proporcionales al objeto contractual.
  • Límite de penalidades: La suma total de penalidades (mora y otras) no puede exceder el 10% del monto del entregable.
  • Deducción de penalidades: Se deducen de pagos a cuenta, pagos parciales o de la garantía de fiel cumplimiento.
  • Responsabilidad por vicios ocultos: El contratista es responsable por un mínimo de 1 año desde la conformidad.
  • Resolución de contrato: Posible por incumplimiento de obligaciones, caso fortuito/fuerza mayor, hecho sobreviniente, incumplimiento de cláusula anticorrupción o presentación de documentación falsa/inexacta.
  • Sanciones: El Tribunal de Contrataciones Públicas puede sancionar por infracciones específicas (d, e, i, j, l, m del art. 87.1 de la Ley N°32069).
  • Cláusula anticorrupción: La falsedad en la declaración de no haber ofrecido/recibido pagos ilegales es causal de resolución contractual.

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